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LA LEY DEL TRASVASE, UNA AMENAZA PARA JALISCO
Enviado por fundacionadmin el Mar, 02/20/2018 - 09:54.
Por: B. Manuel Villagómez R.
El diputado del PRI José Ignacio Pichardo, propone la Ley General de Aguas para legalizar los trasvases de una cuenca a otra, como es el caso del río Verde a León; trasvase que con recursos jurídicos y valentía de los ganaderos de Los Altos y ONG’S solidarias, lo tenemos suspendido. La propuesta de la Ley General de Agua que propone el Dip. Pichardo a cambio de la Ley de Agua Nacionales que está vigente, es un intento más para privatizar el agua a nivel nacional por medio de las Asociaciones Público Privadas (APP) y dejar legalizados los trasvases por lo siguiente: En su Art. 2 XIX expresa: “El trasvase por excepción de aguas nacionales de una cuenca o acuífero hacia otros, para destinarla preferentemente para garantizar el derecho humano al agua y saneamiento”. Art. 4º XI “Autorización: Los títulos que otorga el Ejecutivo Federal para el trasvase de aguas nacionales de una cuenca o acuífero hacia otros…” LV “Trasvase: El uso, explotación o aprovechamiento de aguas nacionales trasladadas de una cuenca o acuífero hacia otros con los que no haya conexión natural, que realiza el Estado, así como los asignatarios y concesionarios, de manera excepcional, mediante obras de infraestructura hidráulica, para destinarla preferentemente para garantizar el derecho humano al agua y al saneamiento;…” Art. 8º: “Son facultades de los municipios: I. La formulación, conducción y evaluación de la política hídrica municipal, en congruencia con la política hídrica estatal y nacional…” ¡Qué bueno que reconoce la facultad Constitucional del municipio! En el Art. 14 X. “Autorizar, por excepción, el trasvase de aguas nacionales de una cuenca o acuífero a otros, a propuesta de la Comisión…” Art. 16 XV. “Proponer a la Secretaría el trasvase de aguas nacionales de una cuenca o acuífero a otros, acompañado del razonamiento y de los motivos que los justifiquen…” En el Art. 72 indica “El trasvase de aguas nacionales de una cuenca o acuífero hacia otros requiere autorización otorgada excepcionalmente por la Secretaría”. En el Art. 74, párrafo uno dice: “las solicitudes de autorización deberán incluir, cuando menos, los documentos siguientes: I. La copia del escrito por el que el municipio o los municipios correspondientes solicitan el apoyo de la Comisión para el trasvase…” En el mismo artículo párrafo tres indica: “… y las razones que motivan la decisión de optar excepcionalmente por el trasvase de aguas nacionales de una cuenca o acuífero hacia otros…” Mismo artículo V “…generación de energía eléctrica, industria o turismo del trasvase, así como su viabilidad en estos aspectos…” VI “… conflictos ambientales, sociales o con otras entidades federativas o municipios por el trasvase…” VII. “La viabilidad económica y financiera del trasvase…” En el Art. 76 “Para el otorgamiento de las autorizaciones para el trasvase de aguas nacionales de una cuenca o acuífero hacia otros, la Secretaría se sujetará a las disposiciones contenidas en la presente Ley…” En esta entrega hacemos un resumen de esta Ley del “Trasvase” de Aguas Nacionales (LTAN) y no como opina su autor “Ley General de Aguas”, lo hacemos en virtud de que, el pueblo de Jalisco ha sufrido 13 años de presión por la exigencia del gobierno federal y estatal que están necios en realizar el trasvase de las aguas del río Verde a León. La oposición en contra de los trasvases en nuestro país está científicamente soportada y sustentada con experiencias de otros países y muy concretamente por el científico Dr. Pedro Arrojo Agudo de la Universidad de Zaragoza. Este proyecto del dip. Pichardo, trae un mensaje muy concreto por lo que está pasando aquí en Jalisco.